Las reclamaciones sobre propiedades con escrituras oficiales deben registrarse en un plazo de dos años, afirma el jefe del registro
Babaei, jefe de la Organización Nacional de Registro de Escrituras y Propiedades, dijo que toda persona que reclame derechos sobre una propiedad con escritura oficial debe registrar su reclamación y los documentos justificativos en el sistema del artículo 10 en un plazo de dos años.